El proyecto de Ley de GarantÃa de Derechos de la Naturaleza frente a Actividades Extractivas fue presentado por la asambleÃsta Cecilia Baltazar, considerando que el mundo vive una catástrofe ambiental causada por el proceso de cambio climático.
La parlamentaria recordó que, de acuerdo al Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático y el informe emitido en el año 2022, la influencia del ser humano y sus actividades ha causado una crisis ambiental ligada al calentamiento global sin precedentes por lo menos en los últimos 2000 años.
Manifestó que para mitigar los efectos del cambio climático en el Ecuador es necesario conservar los ecosistemas frágiles como páramos y bosque tropical seco, que están expuestos a muchos riesgos por actividades económicas como cultivos agrÃcolas, ganaderÃa, plantaciones forestales, minerÃa, manejo inadecuado del agua y expansión urbana en crecimiento.
Frente a ello, Cecilia Baltazar presentó este proyecto que tiene como objetivos garantizar los derechos de la Naturaleza y el derecho al agua de los ecuatorianos; proteger a los ecosistemas frágiles y amenazados del Ecuador de actividades que ponen en riesgo su existencia, el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos; examinar las concesiones mineras entregadas en el Ecuador y reparar cualquier vulneración de derechos causada por las concesiones mineras.
La propuesta normativa se guÃa por los principios ambientales establecidos en la Constitución, sus leyes y los instrumentos internacionales en materia ambiental ratificados por el Estado ecuatoriano.
Según el proyecto, el Estado, las personas naturales y la industria minera en todas sus fases, tendrán la responsabilidad de responder por los daños ocasionados en los ecosistemas frágiles.
También dispone la acción coordinada y articulada del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, DefensorÃa del Pueblo, Representantes de Pueblos, Nacionalidades, Comunas, IndÃgenas, Universidades, organizaciones no gubernamentales y la Asamblea Nacional.
Se prohÃbe otorgar concesiones de minerÃa metálica o de extracción de hidrocarburos en ecosistemas frágiles y amenazados como los páramos, humedales, bosques nublados, bosques tropicales secos, bosques húmedos. Los ecosistemas amenazados serán los que asà sean considerados por la autoridad ambiental. Tampoco se podrá entregar concesiones mineras en los ecosistemas o paisajes regionales de donde nacen y se nutren las cuencas y subcuencas hÃdricas que abastecen a los sistemas de riego que se utilizan en el cultivo de alimentos.
FUENTE: ASAMBLEA NACIONAL